Organismos internacionales piden echar abajo Ley Garrote en Veracruz

20/03/2021

*Articulo 19 advierte que rompe con la libertad de expresión de los periodistas en el estado

Urbis Veracruz

Veracruz, Ver. La organización internacional Articulo 19 emitió un comunicado para pronunciarse en contra de las recientes reformas al Código Penal del estado de Veracruz propuestas por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez.

En el texto se deja ver la preocupación que hay por el libre ejercicio de los periodistas, recordando que hace poco un reportero fue detenido 36 horas sólo por volar un dron en Tuxpan.

Artículo 19 se refiere a las modificaciones realizadas el pasado 11 de marzo de este 2021, publicadas en la Gaceta Oficial de Veracruz, en especial el Decreto Número 848 que reforma diversas disposiciones del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Veracruz, entre ellas el delito de ultrajes a la autoridad.

Explican que pese a que esto ya estaba contemplado sólo establecía “seis meses a dos años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas”.

Con la reforma, ahora se añaden supuestos que posibilitan el uso arbitrario de este tipo penal. ARTICLE 19 tiene documentado como éste ha sido utilizado por las autoridades para restringir la labor periodística, el ejercicio de la protesta y el derecho a la libertad de expresión en general.

La reforma añade los siguientes supuestos: Se le aplicará al responsable de este delito, además de las sanciones anteriores, de cinco a siete años de prisión, cuando se actualicen cualquiera de los supuestos siguientes:

Se realice por una o más personas armadas o portando instrumentos peligrosos; Se realice por medio de cualquier tipo de violencia contra la víctima; que el sujeto activo manifieste ser miembro de una pandilla, asociación delictuosa o de la delincuencia organizada, real o ficticia o que por cualquier medio manifieste la intervención de estos grupos en la comisión del delito.

Que se realice a través de cualquier otra circunstancia que disminuya las posibilidades de defensa o protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o desventaja.

De manera reciente, el 1 de marzo de 2021 elementos de la Policía ministerial de la Fiscalía General del Estado de Veracruz detuvieron a Antonio de Marco Arango Arango, director del medio digital Foro Tuxpan, en Tuxpan, Veracruz, quien estuvo detenido por casi 36 horas. Uno de los delitos que intentaron imputar fue el de “ultrajes a la autoridad”.

Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) establece que este tipo de leyes restrictivas violentan sistemas democráticos, pues limitan el escrutinio de la ciudadanía, para prevenir o controlar el abuso de su poder coactivo.

En marzo de 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad del delito de “ultrajes a la autoridad”, al resolver los amparos en revisión 2255/2015 y 4436/2015, derivado de procesos penales abiertos contra algunas personas en contexto de protesta en la Ciudad de México, lo cual también demostró su uso criminalizante contra la libre expresión.

La SCJN determinó que ese delito va en contra del principio de legalidad, debido a su ambigüedad.

Ante esto, diversas organizaciones civiles firmaron un documento para exigir al Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz derogar en su totalidad el delito de ultrajes por contravenir estándares internacionales y su impacto negativo al ejercicio de derechos humanos. Asimismo, se les conmina a omitir impulsar otras leyes que puedan resultar antidemocráticas.

“Además, instamos a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz a atender sus obligaciones y facultades para hacer respetar los derechos humanos e impulsar la acción de inconstitucionalidad correspondiente”.


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