15/08/2020
Chispita
Xalapa, Ver. Desde el día 6 de marzo pasado, el Amparo indirecto 971/19 del juzgado 18 de Dto. en el estado de #Veracruz, se CONCEDIÓ, para el efecto de anular las medidas cautelares privativas de la libertad de Bernardo Segura, exsubsecretario de finanzas del gobierno de Miguel Ángel Yunes Linares.
Vigilar que se cumplan las sentencias de amparo es una OBLIGACIÓN de los jueces federales, en este asunto esto NO ocurre, por más que conforme el 77 de la ley de amparo, en este asunto desde el 6 de marzo se tuvo que haber exigido.
Bernardo Segura reclamó la imposición de medidas cautelares privativas de libertad de manera ilegal sustentadas en delitos que no son de prisión oficiosa, por ende, la sentencia debía cumplirse de INMEDIATO.
El art. 77 de la Ley de Amparo es claro y literal para casos como el que detallo, más aún, el día de hoy, se publicó la tesis de jurisprudencia Tesis: V.3o.P.A.9 P (10a.), la SENTENCIA DE AMPARO se debe cumplir, aun cuando para atrasar la autoridad responsable impugne.
07/03/2023 * La traición a Puente Moreno Por Iván…
-Leer mas07/04/2022 Luis Alberto Romero Luego de la salida de Xóchitl…
-Leer mas24/12/2021 Por Rodrigo Barranco Déctor Medellín de Bravo, Ver. La…
-Leer mas30/08/2021 La estatura de Javier Herrera Corrupción en Junta…
-Leer mas