Ningún agresor, abusador o deudor alimentario podrá ocupar cargo de elección popular: Sergio Gutiérrez Luna

+++ Hoy se declaró la constitucionalidad de la “Ley 3 de 3”; aplica para las elecciones de 2024, incluye violencia política contra las mujeres, explica el veracruzano, vicepresidente de la Comisión Permanente 

Ciudad de México, 24 de mayo de 2023.- La Comisión Permanente del Senado realizó la Declaratoria de Constitucionalidad de la “Ley 3 de 3” que impide a los agresores de mujeres, abusador o deudor alimentario ocupar cargos de elección popular o como servidores públicos informó Sergio Gutiérrez Luna, vicepresidente de esta comisión.

Explicó que en la sesión de hoy se realizó la declaratoria de la reforma de los artículos 38 y 102 de la Constitución Política -conocida como “Ley 3 de 3”-  aprobada el pasado 28 de abril en la Cámara de Diputados.

Esta reforma, también avalada por los congresos estatales, impide a deudores alimentarios o quienes enfrenten un proceso por violencia en contra de mujeres poder ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público. 

Esto aplica a quienes tengan sentencias por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.

Incluye los crímenes de violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

El representante popular minatitleco puntualizó que esta reforma constitucional, conocida como “Ley 3 de 3” se aplicará para las elecciones de 2024.


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